BAJA DEFINITIVA DE VEHÍCULOS EN TRÁFICO



Gestionamos la tramitación de la baja de su coche, furgoneta o todo terreno en la Dirección General de Tráfico (DGT) GRATIS. Para ello, necesitamos que nos envíe previamente la documentación necesaria según su situación.

Una vez recibida la documentación, se comprobará en la base de datos de tráfico está a su nombre y que el vehículo no tiene precinto administrativo. Después un gruista le llamará para concertar la retirada. El envío previo de la documentación puede realizarse a través de e-mail, fax o WhatsApp y puede escoger el medio que le resulte más cómodo.

Debe recordar que, en el momento de la retirada, tendrá que entregar la documentación al gruista para que podamos proceder a la gestión de baja definitiva.

Documentación

Si usted es el titular
  • Copia del DNI por ambas caras.
  • Ficha técnica del vehículo.
  • Permiso de circulación.
Con autorización a otra persona
  • Copia del DNI del titular por las dos caras.
  • Copia del DNI de la persona autorizada, en vigor y por las dos caras.
  • Permiso de circulación.
  • Ficha técnica.
  • Modelo de Autorización firmado por el titular y la persona autorizada.
  • En caso de no tener la documentación del vehículo: Modelo de extravío para personas físicas.

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Si el vehículo pertenece a una empresa
  • Copia del DNI del administrador o administradores de la empresa por ambas caras.
  • Copia del CIF de la empresa.
  • Documento de representación de personas jurídicas: En la parte inferior de este documento, hay un espacio para autorizar a una persona distinta del administrador a tramitar la baja del coche. En caso de que el coche sea entregado por una persona autorizada, esta tendrá que aportar también una fotocopia de su DNI en vigor y por ambas caras.
  • Modelo de solicitud de baja electrónica.
  • Permiso de circulación.
  • Ficha técnica del vehículo.
  • Si no dispone la empresa de cuño, habrá que cumplimentar también el Modelo de empresa sin sello.
  • En caso de no tener la documentación del vehículo: Modelo de extravío para empresas u entidades..

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Si el titular del vehículo ha fallecido
  • Ficha técnica (tarjeta de inspección técnica) y permiso de circulación.
  • Certificado de defunción.
  • Declaración responsable para la solicitud de baja definitiva de un vehículo cuyo titular ha fallecido firmado por el heredero que se hará cargo de este trámite.
  • Copia del DNI por ambas caras del heredero y del titular fallecido.

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(*) Si no encuentra su situación en la lista, póngase en contacto con nosotros y le indicaremos cuáles son las variantes de documentación para casos de documentación extraviada / robada, o casos de titulares en situación de dependencia como menores o minusválidos.

(**) Antes de cumplimentar cualquier tipo de documento, recomendamos iniciar el trámite mediante una llamada telefónica. Al finalizarla, recibirá cómodamente en su correo electrónico todos los documentos que necesita y/o una lista con todo lo que deberá entregar.


Preguntas frecuentes sobre la baja definitiva del vehículo

¿Por qué no se me entrega la baja cuando se llevan el coche?

Para poder emitir la baja de un vehículo es imprescindible que se encuentre en las instalaciones de un Centro de Tratamiento Autorizado (CATV), ya que el vehículo deja de existir fiscalmente cuando ésta se emite. Por tanto, no podemos emitir la baja antes de que el vehículo se encuentre totalmente fuera de la vía pública. Además, para tramitarla, necesitamos disponer de los documentos originales de vehículo. Al tratarse de una tramitación electrónica, te haremos llegar por email el justificante de la baja definitiva de tu coche en los tres días siguientes posteriores a la retirada.

¿Cuándo puedo tramitar la baja del impuesto de circulación?

No es necesario que la tramites ya que a final de año se hace un cruce de datos entre el registro de vehículos de la Dirección General de Tráfico (DGT) y los Ayuntamientos, para que no se emita el impuesto del año próximo. Es un proceso automático. Lo que sí puedes hacer, si la baja se ha producido durante los 3 primeros trimestres del año, es ir a tu oficina recaudadora para consultar si te pueden devolver parte del impuesto de ese año. Porque si has entregado tu coche, por ejemplo, en marzo, y te llega en abril el impuesto del año completo, podrías tener derecho a abonar únicamente el primer trimestre.

¿Por qué la baja no lleva sello?

La baja definitiva de la Dirección General no lleva sello tradicional, porque la firma se ha digitalizado para comodidad de los usuarios. Con esta firma, cualquier documento impreso donde figure el código que aparece en el lateral, tendrá plena validez legal, y no requerirá desplazarse a coger el documento original a ninguna oficina, ni soportar retrasos del correo postal. ¡Es muy cómodo!

Quiero tramitar la baja, pero no que os llevéis el coche.

En este caso, necesitarás tramitar una baja temporal directamente en la DGT; nosotros no tenemos capacidad para hacer esa gestión. Para poder emitirte la baja definitiva es imprescindible retirar el vehículo a un CATV, descontaminarlo, reciclarlo y destruirlo en el centro autorizado.

¿Qué documentos tengo que enviar al seguro para anularlo?

Esta cuestión deberás resolverla tu seguro para cerciorarte, pero la baja definitiva de la DGT va acompañada del Certificado de Destrucción emitido por el desguace y ambos justificantes te serán proporcionados si realizas la gestión con nosotros. Si no les sirve el primer documento, seguro que el segundo sí. Esto varía en función de la compañía.

¿Por qué os lleváis los documentos originales del coche?

Cuando se tramita una baja definitiva, el vehículo deja de existir administrativamente, así que para evitar fines fraudulentos la documentación original debe permanecer junto al coche hasta su destrucción y quedar a disposición de la DGT.